NOTA: Este artículo fue escrito antes del cambio de ley de migraciones, te recomiendo leer el artículo actualizado sobre la residencia definitiva AQUÍ

ACTUALIZACIÓN: A partir del 1° de Mayo de 2019 la solicitud de la PEDE será Online y trae nuevos requisitos (leer)

Generalidades para solicitar la permanencia definitiva siendo trabajador independiente

Una realidad que se ha ido incrementando en los últimos años es el emprendimiento dentro de la comunidad venezolana, o en otros casos volverse trabajadores independientes, que terminan cobrando sus servicios a través de boletas de honorarios. A continuación trataré de describir de manera sencilla -y con algo de ayuda- el proceso de solicitar la permanencia definitiva siendo trabajador independiente, con boleta de honorarios.

¿Quiénes pueden solicitarla?

Podrán solicitar permanencia definitiva, aquellos extranjeros que han sido titulares de una visa de residencia temporaria, por a lo menos un año inmediatamente anterior a la fecha de presentación de la solicitud, y cuyo fundamento para ser otorgada haya sido su condición de inversionista, empresario o trabajador por cuenta propia en Chile.

¿Asustado con lo que está en negrita y cursiva? ahora que tengo tu atención y no dejarás de leer te informo que no es obligatorio que la visa anterior tenga tales fundamentos. Tuve especial cuidado de preguntar directamente en extranjería por varios medios, así que confía en mí, si no también puedes preguntar -lo consideraré una ofensa-

Tengo pruebas así que Shhhh…

Cambio de visa trabajador independiente

trabajador independiente en chile

¿Cuándo puede solicitarse la permanencia definitiva?

La Solicitud de permanencia definitiva debe ser enviada vía correo postal, dentro de los 90 días anteriores al vencimiento de su actual Visa.

¿Y los dependientes?

En el caso de los dependientes, los documentos adicionales son los mismos que para la solicitud con contrato y puedes leerlas aquí

¡Llamemos al experto!

Obviamente hay varias dudas en el tema y para aclararlas voy a consultarlas con Johan Morán creador de contadorven.cl. Johan es Licenciado en contaduría pública y además se desempeña como relator de diversos cursos contables, entre los cuales está uno llamado «Personas independientes». Por todo esto lo considero el ideal para aclarar estos temas.

¿Qué es boletear?

R: Es la emisión de un documento por la prestación de servicios conocida como Boletas de Honorarios, estas pueden ser manuales o electrónicas

¿Quiénes pueden hacer boletas de honorarios?

R: Toda persona natural que haya realizado a través del Servicio de Impuestos Internos (SII), la Declaración Jurada de Inicio de Actividades.

¿Todas las boletas de honorario deben incluir el IVA?

R: Todas las prestaciones de servicios emitidas por las personas naturales a través de este documento NO son afectas al IVA, tal cual como lo especifica en la Ley del Impuesto Renta, estas estarán afectas a la retención o un pago del 10% sobre el valor bruto emitido.

Es decir, si una persona emite una Boleta de Honorarios por un monto bruto de 100.000 CLP, se deberá retener o pagar un 10% (10.000 CLP), obteniendo un pago líquido por la prestación de 90.000 CLP

¿Necesito un contador para realizar la declaración de impuestos sobre la renta?

R: Con ayuda del SII, sobre la información que ya posee más la proporcionada por terceros, será capaz de proporcionar una propuesta de la Declaración de Renta (F22), haciendo este trámite sencillo para el contribuyente, ahora si posee más informaciones que impidan la confección de esta propuesta o el desconocimiento de poder hacerlo por cuenta propia, es mejor contratar los servicios de un contador.

¿Cómo debo cancelar mis cotizaciones en caso de ser independiente?

R: Podrá realizar el pago a través del portal de Previred (www.previred.com), la obligación de pagar las cotizaciones serán al mes siguiente de las prestaciones de servicios, con un plazo del mes completo para pagar estas, salvo que la persona esté afiliada a una Isapre recortando su plazo hasta el 13 de cada mes, *Todos estos plazos por pagos realizados por vías electrónicas*

Es decir, las prestaciones de servicios emitidas por Boletas de Honorarios del mes de Agosto, se pagarán las cotizaciones en el mes de Septiembre.  

¿Me recomiendas pagar cotizaciones como independiente?

R: Más que una recomendación, es una Obligación, según la ley 20.255 conocida como la Reforma Previsional, obliga a los trabajadores independientes a partir de Enero 2018 cumplir con el pago de las cotizaciones, si estas no se pagarán durante cada mes como corresponde, se pagarán a través de la Declaración de Renta (F22) una vez al año.

Los independientes no  están obligados a pagar cotizaciones de forma MENSUAL, ya que una vez al año se realizará a través del Impuesto a la Renta, sin embargo es voluntario el pago mensual, por lo que se recomienda pagarlo.

¿Qué debo cotizar en caso de que igualmente desee hacerlo?

R: Según la Reforma Previsional, sobre el 80% de la renta bruta emitida por las boletas de honorarios, se debe cotizar:

  • 10,% correspondiente a AFP más la comisión a la institución a la que se encuentre afiliada
  • 1,53% correspondiente a Seguridad de Invalidez y Sobrevivencia (SIS)
  • 7% correspondiente a las coberturas de prestaciones de Salud ya sea Fonasa o Isapre (o el monto pactado de la cuota mensual, si el 7% no cubre la cuota)
  • 0,93% por seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, más una tasa adicional según cual sea la actividad desarrollada. (Mutualidad)

¡Gracias Johan!

Si deseas el contacto de Johan Morán para alguna asesoría envía un mail a contacto@midiarioenchile.com

Bonus

¿Si no son un requisito, importan las cotizaciones de AFP para solicitar esta visa?

R: Según este tweet no son necesarias las cotizaciones.

visa definitiva como independiente

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