Pasamos de Permanencia Definitiva (PEDE) a Residencia Definitiva (REDE)

Hablemos de las consideraciones que debemos tener con respecto a la residencia definitiva según la ley 21.325 de extranjería y su reglamento.

Lo primero, ahora es Residencia Definitiva (REDE)

El término cambió con la nueva ley, y a nosotros nos gusta crear abreviaciones así que no te asustes si ves REDE de aquí en adelante.

¿Quiénes pueden solicitar la Residencia definitiva?

Quienes se encuentren en Chile y sean poseedores de residencia temporal vigente de forma  titular o dependiente, y que tengan el propósito de establecerse en Chile de forma ilimitada y demuestre tener ciertos vínculos o lazos con el país.

Pero ojo, recordemos que con la nueva ley también hay nuevas sub categorías migratorias.

¿Qué sub categorías no pueden solicitar la residencia definitiva?

No podrán postular a la residencia definitiva aquellas personas que hayan solicitado u obtenido su permiso de Residencia Temporal bajo los motivos de: trabajo de temporada, custodia de gendarmería, orden de tribunales, pacientes de tratamiento médico y de acuerdos bilaterales.

¿Cuándo puedo solicitar la residencia definitiva?

Suponiendo que tu sub categoría migratoria lo permita debes postular con más de 90 y no menos de 10 días de anticipación a la expiración del permiso de residencia vigente.

Esta parte es crucial y si has leído hasta aquí te pediré como favor que pases este artículo pues mucho esperarán a última hora para hacerlo y la ley actual no lo permite.

Ausencias y plazos para solicitar la residencia definitiva

Llegamos a la parte divertida, anteriormente, en el viejo testamento, existía un plazo que te impedía solicitar la PEDE, si lo recuerdas o leíste el artículo antiguo en este blog sobre el tema, ese plazo era de 180 días.

Ahora, la base de tiempo para solicitar la residencia definitiva es de 24 meses, pudiendo este plazo disminuirse o aumentar.

Disminución de tiempo para solicitar la Residencia Definitiva

Puedes solicitarla en un período de 12 meses si cumples alguna de las siguientes condiciones:

  1. Tener vínculos familiares con nacionales o residentes definitivos: acreditarse con documentos originales, apostillados o legalizados según el caso.*
  2. Estar realizando misiones diplomáticas oficiales realizadas en Chile: sólo cuando sean el fundamento del permiso de residencia temporal que detenten al momento de postular.
  3. Disponibilidad de rentas o pensiones: poseer al momento de la postulación , un permiso derivado de la subcategoría migratoria de residencia temporal referida a jubilados o rentistas.
  4. Inversiones ejecutadas y/o empresas que acrediten operación efectiva en Chile: una antigüedad en la operación efectiva de la empresa de por lo menos 2 ejercicios anuales, o bien, de inversiones desarrolladas de manera continua durante al menos 18 meses.
  5. Aporte al ámbito social, cultural, artístico, científico y/o deportivo: previa solicitud que exponga los argumentos en virtud de los cuales estima que en su caso corresponde la aplicación de la causal, adjuntando además los antecedentes que sean pertinentes en sustento de sus afirmaciones.
  6. Otros casos previstos en acuerdos internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.

Aumento de tiempo para solicitar la residencia definitiva

El plazo puede aumentar a 36 meses si estás en alguna de estas situaciones:

  1. Situación de aquellos residentes u hogares cuyos ingresos son inferiores al mínimo establecido para satisfacer las necesidades básicas según los indicadores estimados por el Ministerio de Desarrollo Social. En el caso de no cumplirse, se deberá acreditar una residencia de al menos 36 meses en el país.
  2. Trabajadores/as residentes  con  intervalos que sumen más de 12 meses sin ingresos, continuos o discontinuos.
  3. Cantidad de infracciones a las leyes cometidas y su gravedad. 

Por otro lado este plazo pasaría a 48 meses mínimo si te encuentras bajo las siguientes condiciones:

  1. No tener los recursos necesarios para vivir en Chile (y el de la familia de ser necesario) o no haber trabajado de forma autónoma o contrato, acreditando ingresos al menos la mitad de los meses de residencia temporal en el país.
  2. La cantidad de meses que salga afectará directamente proporcional al tiempo que necesitarás postular a la REDE, te dejo una tabla para ser más explicito.
Rango de meses de ausencia Cantidad de meses residencia
2 meses de ausencia o menos, continuos o discontinuos
Al menos 24 meses de residencia
Desde más de 2 meses hasta 6 meses de ausencia, continuos o discontinuos
Al menos 30 meses de residencia
Desde más de 6 meses hasta 12 meses de ausencia, continuos o discontinuos
Al menos 36 meses de residencia
Más de 12 meses de ausencia, continuos o discontinuos
48 meses de residencia

¿Cuándo pierdo mi residencia definitiva?

La revocación tácita de la residencia definitiva ocurre cuando la persona se ausenta por más de 2 años de manera ininterrumpida.

¿Puedo extender mi estadía fuera de Chile con residencia definitiva?

Como ya leíste, puedes permanecer por un tiempo menor a 2 años fuera de Chile sin perder la residencia definitiva. Sin embargo, este período puede prorrogarse ante el consulado chileno respectivo 60 días corridos antes del vencimiento de la Residencia Temporal, trámite que solo podrá ser otorgado 1 vez y tendrá una vigencia de 2 años.

¿Tienes una visa temporaria aprobada antes de la nueva ley?

Si tienes una residencia temporal otorgada con anterioridad a la entrada en vigencia de las nuevas categorías migratorias, se respetarán los plazos de la antigua legislación para solicitar la residencia definitiva.

Es decir, si cuentas con una Residencia Temporal estos son los plazos de la legislación antigua, para poder solicitar Residencia Definitiva:

  • 1 año de Visa Temporaria.
  • 2 años de sujeta a contrato. 
  • 2 años de residencia estudiante.

Espero estas generalidades te hagan entender los cambios de la residencia definitiva según la nueva ley, no olvides compartirlo con tu familia y con tus amigos.

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