Aceptan los pasaportes vencidos de venezolanos para trámites ¿y ahora qué?
Lunes 22 de Abril de 2019, en el diario oficial ya está publicada la Resolución exenta 2.087 aprobada el pasado 18 de Abril que permite el ingreso, egreso y poder realizar trámites de extranjería con pasaporte o cédula de venezolanos vencidos.
Si deseas leer la resolución completa pueden verla aquí
¿Qué se concluye en la Resolución 2.087?
Después de algunos párrafos que ponen en contexto la decisión de aceptar los pasaportes vencidos de venezolanos, como la bastante mencionada «Declaración de Quito sobre Movilidad Humana de Ciudadanos Venezolanos en la Región», suscrita el 4 de septiembre de 2018, por los Gobiernos de la República de Chile, República Argentina, República Federativa del Brasil, República de Colombia, República de Costa Rica, República del Ecuador, Estados Unidos Mexicanos, República de Panamá, República del Paraguay, República del Perú y República Oriental del Uruguay, donde se acordó, entre otros aspectos, de acuerdo con la legislación nacional de cada país, acoger los documentos de viaje vencidos como documentos de identidad de los ciudadanos venezolanos para fines migratorios.
Empecemos con las resoluciones:
I.- Califícanse los pasaportes vencidos de nacionales venezolanos, expedidos desde el año 2013 como documentos de viaje de análoga naturaleza.
Entendamos que los pasaportes venezolanos tienen una vigencia de 5 años, por lo que aplican para efectos de esta resolución aquellos que fueron otorgados de 2013 en adelante. Por otro lado, las cédulas venezolanas tienen 10 años de vigencia por lo que si lo analizamos las cédulas son poco importante para fines del decreto.
¿Y si mi pasaporte fue otorgado antes de 2013?
II.- Califícanse las cédulas de identidad vencidas de nacionales venezolanos expedidas desde el año 2013, como documentos de viaje de análoga naturaleza.
Esto no tiene mucho sentido como lo mencioné anteriormente, ya que si se te otorgó la cédula en el año 2013 tiene vigencia hasta el 2023.
III.- Déjase establecido que el término de vigencia de dichos documentos de análoga naturaleza será de dos años a partir de la publicación del presente acto administrativo.
En el tercer punto se deja claro que no será un acuerdo para siempre, se tiene un plazo de 2 años contando desde la fecha de la resolución (18 de Abril de 2019)
IV.- Instrúyase a los Consulados y Secciones Consulares de las Embajadas de Chile en el exterior, al Departamento de Extranjería y Migración y la Jefatura Nacional de Extranjería y Policía Internacional de la Policía de Investigaciones de Chile, lo siguiente:
a) Las calificaciones precedentemente indicadas tienen por objeto (1º) el ingreso, tránsito y egreso del país de los nacionales de la República Bolivariana de Venezuela, respecto de ambos tipos de documentos, y (2º) permitir el estampado de la visación respectiva, con excepción de la residencia oficial (se trata de la residencia de cónsules o personal diplomático), sólo respecto de los pasaportes vencidos.
b) Lo anterior es sin perjuicio de las atribuciones que correspondan al Ministerio del
Interior y Seguridad Pública, a través del Departamento de Extranjería y Migración, para el
otorgamiento de esas visaciones dentro del territorio nacional, para las prórrogas de las mismas y
para la concesión de la permanencia definitiva, las cuales serán ejercidas por éste, en los
términos y vigencia establecidos en el referido decreto ley Nº 1.094 y de su Reglamento.
Quizás debas leer «Requisitos para emigrar a Chile«
Aquí entro yo… 🙂
Entiendo parte de la algarabía por lo anteriormente mencionado pero analicemos este último punto.
Chile garantiza que se puede ingresar con pasaporte venezolano vencido, pero esto no quieres decir que puedas salir de Venezuela.
Por otro lado, los trámites de extranjería siempre se han podido realizar con pasaporte vencido mediante una carta explicativa y el pago de la prórroga en caso de solicitud de visa temporaria; y mediante un título de residencia en caso de estampado.
Se aplaude la gestión por parte del gobierno de Chile, ya que nos evita un trámite ante la embajada de Venezuela, pero me preocupa que la mayoría de los venezolanos desconozcan esta información.
Con respecto a la permanencia definitiva
En el caso de la PEDE, en mi caso como muchos que he asesorado se ha podido retirar el certificado con pasaporte vencido ya que la Permanencia definitiva no se estampa en el pasaporte, es un «cartón» que te entregan, muy parecido al RIF.
Te recomiendo leer el artículo de Permanencia definitiva como dependiente de un empleador y como persona independiente.
Todo bien pero ¿quién les avisa al resto?
Una de las medidas indica que esto aplica para los consulados en otros países, es decir, la visa de responsabilidad democrática debería poder estamparse en pasaporte vencido. Pero todos sabemos lo tarde que puede llegar esta información a esos entes.
Hoy lunes 22 de Abril, me llegan reportes desde ambos consulados dónde aún no se les han hecho las indicaciones sobre la resolución. ¿Entonces?
El limbo
Sinceramente, los que me siguen en Facebook y en Instagram saben, que yo más que nadie sé lo que estar en el limbo, no poder realizar trámites en notarías, bancos e incluso hasta nuevos contratos de empleo y arriendo es un verdadero fastidio. La noticia de los pasaportes es una gran noticia pero que de cierto modo todo ya se venía haciendo, lo contrario con el limbo que aún sigue siendo un problema para los migrantes.
Espero tus comentarios y lo que tengas que decir.
Emprendedor, ingeniero, profesor, comediante. Hablo sobre marketing digital con o sin cerveza. Creo que el karma rige nuestras vidas y la mayoría de las veces soy políticamente incorrecto