Ya había realizado un artículo sobre las nuevas visas en Chile y nos indicaron que la visa de reunificación familiar era de las principales que debía tratar, y lo prometido es deuda. Aquí detallaremos los requisitos y condiciones para obtener dicha visa.

Esta visa es una excelente opción para traer a los padres ya que se otorga generalmente por dos años, y en ese tiempo pueden entrar y salir cuantas veces lo deseen

¿Quiénes pueden optar a la residencia temporal por reunificación familiar?

Cualquier extranjero que acredite tener algún vínculo con chileno o extranjero con residencia definitiva podrá acceder a un permiso de residencia temporal por reunificación familiar.

¿Qué tipos de vínculo aplican?

  • Cónyuge u otra figura análoga que, de conformidad con el derecho aplicable, produzca efectos equivalentes al matrimonio.
  • Padre o madre.
  • Hijo menor de 18 años.
  • Hijo con discapacidad.
  • Hijo soltero menor de 24 años que se encuentre estudiando.
  • Menor de edad que se encuentre bajo su cuidado personal o curaduría.

Requisitos generales para solicitar la reunificación familiar

Tal como todas las visas, hay requisitos generales (que todos deben cumplir) y requisitos específicos de acuerdo a la condición que poseas, los requisitos generales para esta visa son:

  • Pasaporte o documento de identificación.
  • Certificado de antecedentes penales o documento equivalente expedido por la autoridad competente de su país de origen o de aquel en el cual hayan residido en los últimos 5 años (mayores de edad)
  • Certificado de residencia definitiva del vínculo

Importante: Si la solicitud de permiso de reunificación familiar se realiza dentro de Chile se podrá acompañar copia del pasaporte o copia del documento de identificación. Si la solicitud se realiza desde el extranjero (fuera de Chile), solo será posible postular con el pasaporte, el que deberá tener una vigencia que no sea inferior a un año a la fecha de presentación de la solicitud

Requisitos específicos para solicitar la reunificación familiar

Con vínculos con extranjero con residencia definitiva

Madre o padre del residente:

  • Certificado que Nacimiento del Titular de la Residencia Definitiva, donde se indique que el solicitante es el padre o madre. Deberá estar apostillado en el país de origen o debidamente legalizado.

Hijo menor de 18 años:

  • Certificado que Nacimiento del solicitante.
  • Certificado de Cuidado emitido por padre o madre (Declaración Jurada de Expensas).

Hijo entre 18 y 24 años estudiando:

  • Certificado que Nacimiento del Solicitante.
  • Certificado de Matrícula o Alumno regular emitido por una institución educacional chilena, reconocida por el Estado.

Hijo con discapacidad:

  • Certificado que Nacimiento del Solicitante.
  • Certificado emitido por la Institución competente donde conste la situación de discapacidad.

Menor de edad a cuidado del titular:

  • Certificado que Nacimiento del Solicitante.
  • Certificado de Cuidado.
  • Certificado en el cual contemple la Tutoría o Custodia en favor del Titular de Residencia Definitiva.

Cónyuge del residente:

  • Certificado de Matrimonio entre el solicitante y el titular de la Residencia Definitiva.

Unión civil con residente:

  • Certificado de Unión Civil entre el solicitante y el titular de la Residencia Definitiva.

Importante:

  • Los documentos emitidos en cualquier idioma distintos del español y el inglés, deben ser traducidos y legalizados por el Consulado respectivo.
  • Los documentos emitidos fuera del territorio nacional, deberán ser apostillados o debidamente legalizados por el Consulado Chileno del país de origen del solicitante y por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.
  • Los documentos emitidos por privados, deberán ser presentados dentro de los 30 días contados desde la fecha de emisión. Aquellos emitidos por instituciones y organismos públicos deberán ser dentro de los 60 días contados desde la fecha de emisión, salvo que en el mismo conste una vigencia distinta de la señalada.

Es decir, la partida de nacimiento no puede tener más de 60 días de antigüedad al momento de postular.

Con vínculos con chileno

Madre o padre de chileno:

  • Certificado de Nacimiento del hijo chileno emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación

Hijo de chileno menor de 18 años:

  • Certificado que Nacimiento del solicitante.
  • Certificado de Cuidado emitido por padre o madre (Declaración Jurada de Expensas).

Hijo de chileno entre 18 y 24 años estudiando:

  • Certificado que Nacimiento del Solicitante.
  • Certificado de Matrícula o Alumno regular emitido por una institución educacional chilena, reconocida por el Estado.

Hijo de chileno con discapacidad:

  • Certificado que Nacimiento del Solicitante.
  • Certificado emitido por la Institución competente donde conste la situación de discapacidad.

Menor de edad a cuidado del titular:

  • Certificado que Nacimiento del Solicitante.
  • Certificado de Cuidado.
  • Certificado en el cual conste la Tutoría o Custodia en favor del Chileno o Chilena.

Cónyuge del residente:

  • Certificado de Matrimonio entre el solicitante y el Chileno/a.
  • Certificado de Nacimiento del Chileno emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación.

Unión civil con residente:

  • Certificado de Nacimiento del Chileno emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación.
  • Certificado que Acredite Vínculo.

¿Dónde realizo el trámite?

Lo puedes realizar en la plataforma de trámites de extranjería pero si tienes dudas te recomiendo agendar una asesoría con el equipo de ACERVO

4.3 42 votes
¿Qué te pareció este artículo?
Contactar experto
¿Necesitas ayuda?
Hola ¿necesitas ayuda con tu trámite o asesoría?
A %d blogueros les gusta esto: